Siempre que existan servicios públicos disponibles de Acueducto y Alcantarillado, será obligatorio vincularse como usuario y solicitarlos de manera conjunta o si es el caso acreditar que se dispone de alternativas que no perjudiquen a la comunidad. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios es la entidad competente para determinar si la alternativa propuesta no causa perjuicios a la comunidad.
Aguas de Cartagena nunca limitará el acceso a los servicios,por lo tanto si el interesado es capaz y ocupa de forma permanente y legitima un inmueble y éste se encuentra en las condiciones previstas por Aguas de Cartagena,se podrá un contrato de servicios públicos.
Todos nuestros servcios pueden ser solicitados en cualquiera de nuestros puntos de atención al usuario,a través de la linea de atención telefónica 116 o mediante el formulario en linea.